'

Una secretaria judicial de Madrid plantea la primera objeción de conciencia al matrimonio homosexual

PUBLICADO EN TERRA.ES

La secretaria del Juzgado de Primera Instancia número dos de Colmenar Viejo (Madrid), Isabel López García-Nieto, ha planteado la primera objeción de conciencia de un funcionario contra el matrimonio homosexual desde que fuera aprobado, el pasado 30 de junio

En un escrito fechado el 14 de septiembre, la funcionaria pide al Tribunal Superior de Justicia de Madrid ser apartada de la tramitación de dos expedientes de matrimonio ‘no heterosexuales’ y sustituida en la tarea por otro secretario judicial, debido a la colisión entre su deber y la confesión católica que profesa. El Ministerio de Justicia rechaza la existencia de ‘base jurídica alguna’ que justifique la objeción de conciencia en este supuesto.

Entre los fundamentos jurídicos con que apuntala su petición, Isabel López cita pronunciamientos del Tribunal Constitucional, la Carta Magna, la Constitución Europea y el Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre la objeción de conciencia, pero apela sobre todo a sus creencias religiosas para excluirse de ambos procedimientos, abiertos en los meses de julio y agosto, en el transcurso de su baja por maternidad.

‘Entiendo que el derecho a la objeción de conciencia debe ser respetado, ya que, como persona católica que soy, tendría como cobertura jurídica y moral la conceptuación de este tipo de matrimonios por parte de la Iglesia a la que pertenezco’, argumenta. En sus distintos pronunciamientos en contra de las bodas entre personas del mismo sexo, la Conferencia Episcopal católica ha calificado estas uniones como ‘subversivas’ de los principios básicos del orden social y de la lógica antropológica.

La funcionaria niega motivaciones e intereses ‘bastardos’ en su solicitud, dictada por su conciencia ante el choque entre la norma legal y su propia ‘norma moral’. ‘Considero que la ley y su aplicación deben estar sujetos al respeto a los derechos fundamentales, entre ellos la libertad de conciencia’. Denegar este derecho constituiría, en su opinión, ‘una discriminación’ contraria al artículo 14 de la Carta Magna, que consagra la igualdad de todos los españoles ante la ley, al margen de raza, religión, sexo o condición personal o social. Se trata del mismo artículo que esgrimen históricamente los colectivos homosexuales españoles en defensa de sus derechos.

Isabel López pide al tribunal superior madrileño ser sustituida en la tramitación de las dos solicitudes de matrimonio por otro secretario judicial sin problemas de conciencia para que puedan seguir curso. Ambas cuentan ya con el informe favorable del Ministerio Fiscal y el auto de autorización por parte de la magistrado titular del Registro Civil hace quince días. Sólo falta comunicar a las partes contrayentes ambos pronunciamientos, pero las notificaciones deben ir firmadas por el secretario judicial del juzgado.

Sin base jurídica

Para el Ministerio de Justicia no existe ninguna justificación legal que ampare la petición de la funcionaria de Colmenar Viejo. ‘Para que haya base jurídica es necesario que el funcionario tenga que implicarse personalmente en una determinada actividad. En este caso, bajo ningún concepto la actuación personal de esta funcionaria está implicada en la celebración de estos matrimonios’, rechazó Pilar Blanco-Morales, directora general de Registros y Notariado del Ministerio. Por esta regla de tres, recuerda, ‘ningún secretario judicial, juez o fiscal que creyera en la indisolubilidad del matrimonio habría podido participar en un proceso de divorcio, y nunca se ha dado el caso’.

La solicitud de la funcionaria se resolverá ‘por los cauces jurisdiccionales’, y el trámite retrasará la celebración de los dos matrimonios implicados, ‘pero nada más’, apostilló la directora general. La intervención de los secretarios judiciales es preceptiva para autentificar todos y cada uno de los procedimientos oficiales efectuados en un juzgado. Sin su firma, ninguna actuación de un juez o magistrado tiene validez ni puede pasar al dominio público. En los matrimonios civiles son además los encargados de levantar acta una vez celebrado el enlace.

Durante el trámite parlamentario de la reforma del Código Civil que legalizó el matrimonio homosexual, el PP y CiU intentaron sin éxito incorporar la objeción de conciencia para alcaldes, concejales o funcionarios judiciales disconformes con la ley, siempre que su negativa no impidiera el desposorio. Sobre el matrimonio homosexual pesan además cuatro cuestiones de inconstitucionalidad planteadas en julio pasado por una juez de Denia, uno de Burgos y otro de Gran Canaria sobre las que aún no ha resuelto el Tribunal Constitucional.

Share This