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Anuncio de productividad por recaudación de tasas judiciales: comunicado del SISEJ

El Ministerio de Justicia ha adelantado, mediante una nota informativa, el contenido de los nuevos parámetros que tendrá en cuenta para calcular las retribuciones variables por productividad de los Secretarios Judiciales para 2013. Pese a no estar aprobada ni vigente la nueva resolución reguladora, ni difundido el contenido final de la misma, el Ministerio de Justicia advierte que una de las variables para valorar la productividad de los Secretarios Judiciales será el número de impresos de liquidación de tasas judiciales y de solicitudes de modificación de cuantía que deban ser supervisadas, advertencia que hace con la finalidad de que vaya siendo tenida en cuenta en el trabajo diario desde 1 de enero de 2013.

Ante esta situación el Sindicato de Secretarios Judiciales (SISEJ) realiza públicamente las siguientes manifestaciones:

1-En noviembre de 2012 el Ministerio de Justicia informó a las organizaciones de Secretarios Judiciales de su intención de modificar esta resolución de productividad, pero en esas comunicaciones no hizo ninguna referencia a esta decisión de incluir como concepto a retribuir el número de tasas que se gestionaran en las oficinas judiciales o cuya justificación de pago se requiriera.

2-El SISEJ considera que el Ministerio de Justicia debe rectificar y retirar ese parámetro de la nueva resolución de productividad de los Secretarios Judiciales, cuando esta se apruebe, por las siguientes razones:

  • La Ley 10/2012 de tasas judiciales y la Orden del Ministerio de Hacienda 2662/2012, aunque oficialmente vigentes son normas muy discutidas ante los Tribunales en su constitucionalidad y legalidad, sobre las que hay en trámite un número cada vez más importante de recursos, varios de los cuales están siendo admitidos a trámite.
  • La situación jurídico material creada por las tasas judiciales, por su deficiente regulación normativa y por su mala gestión ministerial, se está caracterizando por una gran inseguridad jurídica. Existe multitud de criterios comunes que están siendo establecidos por Secretarios Judiciales en muchos partidos, para evitar en lo posible la diferente aplicación de la misma norma en cada oficina, y el SISEJ ha presentado al Secretario General de la Administración de Justicia un escrito formal solicitando la adopción de criterios homogéneos de aplicación durante el tiempo en que la norma esté vigente.
  • Consideramos este anuncio, que el Ministerio difunde como un hecho consumado y sobre el que no se nos pide opinión, es denigrante profesionalmente para el colectivo de Secretarios Judiciales, al que se trata de convertir en recaudadores a comisión, en lugar de centrarse en reconocer mediante el estímulo de la productividad el peso de otras labores directivas que realizamos a diario en la oficina judicial.
  • No podemos mirar hacia otro lado ante la especial mezquindad de este intento de estimular el cobro de unas tasas injustas y desproporcionadas, a través de una “zanahoria” como es un complemento de productividad en un contexto social de continuos recortes en las condiciones laborales de los empleados públicos y de toda la ciudadanía.

3- Finalmente, creemos oportuno hacer un llamamiento al Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales, apelando a la ética profesional de los compañeros y compañeras, para que, en caso de que se mantenga, no rellenenen la autoliquidación de productividad del primer semestre de 2013 la casilla correspondiente, o en caso de que el sistema no permita hacerlo, lo hagan con un valor de 0.

Para el SISEJ, los Secretarios Judiciales, como todos los empleados públicos, nos debemos a la legalidad, fruto de la voluntad democrática del legislador, pero ante una norma injusta nos consideramos en el deber de promover su derogación o modificación por los medios que el ordenamiento jurídico prevé, y su interpretación en el sentido más favorable a la ciudadanía. Es por ello que nos negamos a obtener ningún tipo de beneficio económico derivado de obstaculizar a la ciudadanía el acceso a un derecho fundamental como es la tutela judicial efectiva.

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