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Sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional 17 marzo 2016: la necesaria regulación de los señalamientos

El pasado 21 de marzo se hizo pública la Sentencia dictada por el Tribunal Constitucional en la cuestión interna de inconstitucionalidad núm. 5344-2013, que declara nulo el artículo 102 bis 2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA) en la redacción dada por la Ley 13/2009, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, y establece que el Decreto del Letrado que fija formalmente el señalamiento de fecha para juicio debe ser objeto de recurso directo de revisión ante el Juez del mismo órgano. 

 

A la vista de la misma, y desde el más absoluto respeto a las decisiones de un órgano político configurado como el intérprete supremo de la Constitución, desde el SISEJ hemos elaborado una valoración, disponible en nuestro cuaderno digital de opinión Pensamiento Crítico.Sisej

 

Desde nuestra organización creemos necesaria una transformación estructural radical de la administración de justicia, de la que la legislación de 2009 sólo fue el principio. En estos años hemos presenciado cambios tecnológicos y organizativos hasta ahora inimaginables. Tenemos la convicción de que la modernización de la administración de justicia, su sumisión a criterios objetivos y homogéneos, llegarán y son inevitables, que el viejo modelo de juzgados y tribunales es ya insostenible, y que, como ha ocurrido con anteriores resistencias al cambio, la fuerza de los hechos acabará dándonos la razón y poniendo en valor la capacidad y formación del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

Emplazamos a nuestro colectivo al 6 Congreso del SISEJ, que tendrá lugar en Valencia los días 18 a 20 de mayo, a las conclusiones y trabajo que venimos preparando, porque serán del máximo interés para el futuro de la administración de justicia. 

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