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Nota del Ministerio de Justicia sobre la negociación colectiva de los Secretarios Judiciales: comunicado del SISEJ

El Ministerio de Justicia ha hecho pública, en el Portal de Secretarios Judiciales, una «Nota sobre la participación de las asociaciones de Secretarios Judiciales en la determinación de las condiciones laborales del Cuerpo«. Sobre el contenido de la misma, el SISEJ hace las siguientes valoraciones:
 

 

1.- Como hemos expuesto en numerosas ocasiones, la negociación colectiva de los derechos laborales de los Secretarios Judiciales se realiza, por imperativo legal, en la mesa sectorial de justicia del territorio todavía gestionado por el Ministerio de Justicia, por las organizaciones sindicales legítimamente representativas del resto de Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia en tales territorios, pero que materialmente no representan a los Secretarios Judiciales como Cuerpo estatal y como Cuerpo con funciones directivas.
 
2.- El SISEJ reclama la modificación de este marco legal para establecer un marco representativo sindical de negociación propio para los Secretarios Judiciales, como Cuerpo Superior jurídico con características propias, diferenciadas y a menudo incompatibles, de tipo territorial y funcional. Siempre hemos considerado que modificar el marco legal en este punto es una cuestión de voluntad política del Ministerio de Justicia, cuyo apoyo y reconocimiento a los Secretarios Judiciales debe dejar de ser meramente nominal para materializarse en una mejora de nuestros derechos laborales como colectivo profesional, mejora que es de justicia, y que no supondrá impacto económico alguno.
 
3.- Frente a lo dicho por el Ministerio, desde el SISEJ no nos consideramos partícipes en la determinación de nuestras condiciones laborales. La responsabilidad en la regulación actual de tales condiciones es por una parte del Ministerio de Justicia y por otra de las organizaciones representadas en la mesa sectorial de justicia del territorio no transferido. Reconocemos y agradecemos que por el Ministerio se nos dé traslado y permita emitir informe sobre tales cuestiones. Pero el Sindicato de Secretarios Judiciales no aspira a mantener sine die una fórmula basada en la cortesía, sino a la satisfacción material de nuestros derechos laborales y sindicales.
4.- El SISEJ considera irrelevante a efectos de nuestra representatividad sindical y laboral el informe del Consejo del Secretariado, órgano consultivo del Ministerio de Justicia configurado por el Reglamento Orgánico como una pura formalidad estatutaria. El que, cada cierto número de años, una parte de sus vocales sean elegidos por una parte de los integrantes del colectivo no le confiere competencias en materia de representación sindical o laboral, ni cambia su naturaleza ministerial. Consideramos por ello muy desafortunado que se incluya la referencia al mismo en esta cuestión, por inducir claramente a confusión al colectivo.
En definitiva, desde el SISEJ seguimos considerando inaceptable la situación de nuestros derechos sindicales y laborales como empleados públicos, y ello se ha puesto de manifiesto especialmente con la forma de gestionar la regulación de una materia como la de la jornada y horario laboral.
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