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López Aguilar anuncia la puesta en marcha de la Ley de Jurisdicción Voluntaria.


El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, anunció hoy en el Congreso la puesta en marcha de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, que regula los supuestos en los que se solicita la actuación judicial sin que exista un conflicto de intereses entre dos partes. La normativa pretende profundizar en una adecuada separación de competencias para descargar de trabajo a los jueces, por lo que se prevé atribuir gran parte de los expedientes a otros profesionales especializados, como los secretarios judiciales.
europa press
La reforma dará cumplimiento a un mandato recogido por la Ley de Enjuiciamiento Civil de 2000, que imponía la remisión a las Cortes Generales de un proyecto de ley sobre esta materia, sin que hasta ahora se haya llevado a cabo a pesar de que la ley establecía el plazo de un año para su tramitación.

   La jurisdicción voluntaria se configura como una función atribuida expresamente a los juzgados y tribunales en garantía de derechos que no entran dentro del proceso contencioso, ya que no hay una contienda entre las partes. El interesado que promueve el expediente y su administración pretende del órgano jurisdiccional que se haga efectivo un derecho o interés legítimo.

   La normativa que promueve el Gobierno descargará de trabajo a los jueces, recayendo en otros profesionales especializados como los secretarios judiciales y notarios o registradores. Así, los expedientes en materia de persona, menores o incapacitados continuarán siendo competencia exclusiva de los juzgados de primera instancia, mientras que el resto pasará a serlo de los secretarios judiciales, de los notarios o registradores.

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