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El TSJM advierte a una secretaria judicial de que no hay causa legal de abstención contra el matrimo

PUBLICADO EN DIARIO DE NOTICIAS
Madrid.- El secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) advirtió a la secretaria del juzgado de Colmenar Viejo (Madrid) que ha planteado la primera objeción de conciencia en España contra el matrimonio homosexual de que "no existe causa legal de abstención en el caso que refiere".
En una nota de prensa, el TSJM explica que el secretario de Gobierno ha dirigido un escrito a la secretaria del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Colmenar Viejo, Isabel López, en el que se le indica también que "se atenga a las normas procesales vigentes y, en caso contrario, a las consecuencias que de su incumplimiento pudieran resultar".

La petición de Isabel López, quien alega su pertenencia a la Iglesia católica para rehusar a cursar la tramitación de un matrimonio homosexual, ha sido planteada al secretario de Gobierno del TSJM, funcionario del que dependen orgánicamente los secretarios judiciales.

En el escrito dirigido a la secretaria también se le comunica que el secretario de Gobierno no puede intervenir en la tramitación y resolución de los procedimientos de abstención.

El secretario de Gobierno del TSJM ha notificado este escrito a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia, de la que depende el régimen disciplinario de los secretarios judiciales, y a la Dirección General de Registros y Notariado para su conocimiento y adopción de las medidas que pudieran estimar pertinentes.

Sobre este caso se pronunció hoy el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, quien manifestó que "la objeción de conciencia es sin duda una cosa muy seria y, por tanto, debe ser tomada en serio y no banalizada".

En una rueda de prensa con motivo de la reunión de la conferencia sectorial de Justicia, el titular de Justicia recordó que "la objeción de conciencia la contempla la Constitución española, precisamente para preservar la conciencia frente a prestaciones que exijan un sacrificio personal".

"Es una banalización de la objeción de conciencia el pretender que se puede invocar para eximir al funcionario público de cumplir las funciones que la Ley le encomienda, sin ningún sacrificio ni ninguna prestación personal", concluyó.

Según López Aguilar, "banalizar la objeción de conciencia de esa manera significaría en la práctica permitir que los funcionarios se desvinculasen de la Ley y eso es directamente contrario a la Constitución".

"Es algo tan sencillo como imaginar si sería invocable la objeción de conciencia para que alguien se negase por ejemplo a tramitar un divorcio respecto de una persona que en su momento contrajo matrimonio canónico", añadió.

El ministro hizo hincapié en que el ordenamiento jurídico vincula "de forma muy especial" a los funcionarios públicos para que cumplan las funciones que la Ley les confiere en garantía de los derechos de terceros y pidió que se tome en serio la objeción de conciencia.

Además, aseguró que "en este país tiene que ser perfectamente posible disolver un matrimonio sin que los funcionarios puedan interponer la alegación de unas creencias religiosas que en absoluto se ven perjudicadas por la administración de las funciones que la Ley establece en beneficio de los derechos de terceros", informó Efe.

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