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Comunicado y modelos aplicación por Secretarios Judiciales Ley 10/2012 de tasas e instrucción 5/2012

El 21 de noviembre se publicó la Ley 10/2012, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forense, que entró en vigor al día siguiente, el 22 de noviembre.

Ese mismo día, los Secretarios Judiciales, quienes, de acuerdo con la Ley estamos obligados a requerir la justificación del pago de la tasa en los casos en que sea necesario, y que mientras tanto no podemos dar curso a los escritos, recibimos la notificación de la Instrucción 5/2012, datada el mismo día de la publicación de la Ley, por la que el Secretario General de la Administración de Justicia, superior jerárquico de nuestro colectivo, nos ordena no requerir la presentación del justificante del pago de la tasa hasta que no se preparen los impresos para poder realizarlo.

Desde el Sindicato de Secretarios Judiciales (SISEJ) queremos hacer las siguientes manifestaciones:


1.- Reiteramos nuestra frontal oposición a una Ley de tasas que impedirá el acceso a la tutela judicial efectiva de la mayoría de la población, tanto por su cuantía como por quiénes resultamos obligados al pago, la práctica totalidad de la ciudadanía, por vulnerar el principio de igualdad y por los hechos imponibles que resultan gravados. Solicitamos que por los poderes públicos se impulse los trabajos parlamentarios para su derogación.


2.- Denunciamos que la Instrucción 5/2012 nos sitúa, como colectivo, en una situación en que se nos obliga a incumplir una ley profundamente injusta y con la que no estamos de acuerdo, pero que en todo caso es una norma en vigor, con lo que se nos impone el incumplimiento del principio de legalidad que debe guiar nuestro trabajo como servidores públicos.


Esta Instrucción vulnera, asimismo, el principio de seguridad jurídica para quienes se vean obligados a litigar, dado que no aclara qué ocurrirá con las tasas que no puedan pagarse por imposibilidad, ante la evidente falta de previsión que ha envuelto la entrada en vigor de la Ley.
3- Hemos solicitado mediante un escrito al Ministerio de Justicia que se dicte una nueva Instrucción sobre la aplicación de la Ley 12/2012 que deje sin efecto la contradicción manifiesta entre la actual Instrucción y la Ley, estableciendo que en ningún caso sea exigible con efectos retroactivos el abono de la tasas desde esta fecha hasta que el Ministerio de Justicia solvente el problema creado en el día de ayer, para el caso de que la Ley 10/2012 no sea finalmente derogada como desde el SISEJ solicitamos.


4- Hemos puesto a disposición de los Secretarios Judiciales un modelo de fundamento jurídico a incluir en las resoluciones dictadas al amparo de la nueva Ley de tasas, y en las que acordamos dar curso a las demandas que se presenten.

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