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Comunicado del SISEJ sobre el acuerdo entre el CGPJ y el Ministerio de Justicia en materia de nuevas tecnologías

El pasado 7 de mayo se celebró la Conferencia Sectorial de Justicia con intervención del Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial y las Comunidades Autónomas con competencia en la materia. En la misma tuvo lugar la firma de distintos acuerdos dirigidos a facilitar la interoperabilidad entre los distintos sistemas informáticos usados en la Administración de Justicia. Queremos destacar los siguientes puntos, haciendo una breve valoración sobre lo que realmente van a significar:

 

●        Previsión de que el CGPJ dirija comunicaciones a los Secretarios Judiciales a través de la Secretaría General de la Administración de Justicia o conjuntamente con ella.

En la práctica supondrá permitir que el CGPJ pueda dirigir materialmente instrucciones a los Secretarios Judiciales, instrumentándolas a través del Ministerio de Justicia para evitar una eventual impugnación por defecto de forma en las nuevas órdenes, dada la ordenación jerárquica de nuestro Cuerpo.

●        Se constituirá un grupo de trabajo mixto (CGPJ-Ministerio de Justicia) para estudiar cómo conseguir la uniformidad en el registro de asuntos y cómo conciliar la necesidad de que el NIG sea único con la posibilidad de que en el proceso haya un cambio de procedimiento. Sus conclusiones serán vinculantes para el Ministerio, que dirigirá una Circular a los Secretarios de Gobierno para comunicar el modo de proceder en el registro de los procedimientos.

En este sentido, debemos recordar que, desde la instrucción  2/2010 del CGPJ, sobre el ejercicio de las facultades de dirección e inspección por los jueces y magistrados, el Consejo no ha sido capaz de definir un concepto estable de “registro único”, sino que reiteradamente ha emitido correcciones, anexos y adendas a dicha instrucción inicial.

●        Estadística judicial: será única e integrada en un sólo sistema. Sin embargo, se blinda la práctica de la misma mediante la utilización del soporte informático del CGPJ a través del Punto Neutro Judicial, pese a que habrá que invertir en integrarlo con los distintos sistemas informáticos, y a que se revisarán, pudiendo ampliarse, las funcionalidades del cuadro de mandos del sistema de gestión procesal para favorecer la incorporación de la información procedente de otros sistemas de gestión, o de otras que pueda solicitar el CGPJ. Ello, además, se vincula a la convocatoria de la Comisión Nacional de Estadística Judicial que, suponemos, tendrá algo que decir en esta cuestión al margen de la voluntad del CGPJ.

●        Previsión de un convenio de colaboración entre CGPJ y Ministerio de Justicia sobre inspección; el Ministerio de Justicia dirigirá instrucciones a los Secretarios de Gobierno para que apoyen al CGPJ cuando, en funciones inspectoras, precisen información de los Servicios Comunes. Así, las funciones de inspección se llevarán a cabo conjuntamente entre ambas instituciones.

●        Asistencia jurídica gratuita: se blinda la designación de procurador y abogado de oficio (mayoritarias) a través de las aplicaciones del CGPJ pese a que las comunicaciones no las gestiona el personal judicial. El Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas interesadas desarrollarán la interoperabilidad con el Consejo General de la Abogacía Española a través de LEXNET y EJIS.

●       El CGPJ asume íntegramente el sistema informático de la administración penitenciaria.

●        El Ministerio desarrollará la itineración de exhortos a través de LEXNET, pero hasta que no esté operativa en todo el estado se hará a través de la aplicación del CGPJ, recientemente implantada en algunas Comunidades Autónomas. Por tanto, entendemos que en la práctica el Ministerio de Justicia renuncia a su competencia sobre la tramitación telemática de exhortos hasta que no esté integrada con LEXNET, y ésta con el sistema de gestión procesal que sustituya a MINERVA o a los sistemas de gestión de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, que también re-centralizan esta competencia en el CGPJ..

●        Embargos telemáticos de cuentas corrientes: deberán adaptarse al Punto Neutro Judicial del CGPJ

●        El CGPJ asumirá el desarrollo e implantación de la gestión gubernativa de las Secretarías de Gobierno atendiendo a las necesidades que le transmita el Ministerio de Justicia.

●        Anotación preventiva de embargos y resoluciones procesales dirigidas a los Registros de la Propiedad: lo desarrollará e implantará el CGPJ.

●        Subastas telemáticas: las asume el Ministerio de Justicia, que actualmente está desarrollando la correspondiente herramienta telemática

En conclusión:

No podemos negar la conveniencia de escuchar a todos los implicados en el servicio público de la Justicia antes de tomar decisiones de gobierno. Somos también perfectamente conscientes del marco legal que para la interoperabilidad entre aplicaciones informáticas establece el artículo 46 de la Ley 18/2011, reguladora del uso de las TIC en justicia. Pero el cariz de los acuerdos alcanzados deja traslucir que el Ministerio de Justicia da carta de naturaleza al creciente intervencionismo del órgano de gobierno de los Jueces en la Administración de Justicia, dando muestras de una debilidad política sin precedentes.

No sólo no reclama las competencias que el CGPJ ha ocupado en estos últimos años mediante el desarrollo paralelo de aplicaciones informáticas propias, sino que ahora abiertamente le cede su lugar, argumentando una necesidad de colaboración que lleva a un extremo incomprensible e injustificado, y excusándose en que “la crisis económica hace imprescindible la cooperación institucional entre Ministerio, CGPJ y CCAA para un desarrollo informático de la Administración de Justicia sin duplicidades o sistemas innecesarios”. No podemos dejar de relacionar este argumento y el continuo desarrollo de las aplicaciones telemáticas del CGPJ con los distintos porcentajes de rebaja sufridos por los presupuestos del Ministerio de Justicia y el CGPJ (Ministerio de Justicia: -6,3%; CGPJ: -3,9 %), e incluso con la reciente supresión de la Dirección General de Modernización del Ministerio de Justicia.

Por todo, nuevamente nos vemos obligados a reclamar al Ministerio de Justicia que, junto con las Comunidades Autónomas con competencias en materia de Justicia, asuma plenamente sus responsabilidades y ejerza las competencias que tiene atribuidas y que justifican su existencia.
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