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APORTACIONES DEL SISEJ AL ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE EFICIENCIA PROCESAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA

Fruto de la labor llevada a cabo por un grupo de trabajo interno y abierto a toda su afiliación creado específicamente para ello, SISEJ ha remitido en el día de hoy al Ministerio de Justicia sus aportaciones para la mejora del Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia.

Si bien se han valorado positivamente muchas partes del articulado, uno de los mayores sinsabores que encuentra nuestra organización en el texto es lo relativo a los medios adecuados de solución de controversias, pues pese a haber sido su potenciación una de nuestras mayores consignas al entender que ayudaría a la consecución de un servicio público de Justicia de calidad, eficiente y sin dilaciones, lo cierto es que hemos detectado un sesgo privatizador que difícilmente podemos apoyar pues podría llevar a un aumento de costes o trámites innecesarios para las partes.  

Consideramos necesario que el Ministerio revise el diseño que propone, pues pese a que la orientación y espíritu va bien encaminado, entendemos que se deberían atribuir mayores competencias a las unidades de métodos adecuados de solución de controversias, de forma que – conceptuadas como servicios públicos de solución de controversias a través de medios judiciales y extrajudiciales – pudiesen, desde el surgimiento del conflicto, dirigirlo a un medio u otro, redirigir e incluso resolverlo, y no quedar limitadas a simple unidades informativas.

Entendemos además que el Anteproyecto pierde una gran oportunidad infrautilizando la figura del Letrado de la Administración de Justicia, que no termina de poder desplegar en toda su extensión sus competencias en materia de conciliación, “llevando a cabo la labor mediadora que les sea propia” que le atribuye expresamente la LOPJ y ello pese a tener reconocidos nuevos momentos procesales en que poder intentar la conciliación en la jurisdicción civil, algo que se valora de forma positiva.

Otro avance muy positivo que pivota en torno a la figura del LAJ es la separación de los actos de conciliación y juicio en la jurisdicción social, que sin duda ponen en valor nuestra función y ayudará a descongestionar estos órganos y a poder hacer frente a la avalancha de asuntos que se prevé por motivo de la situación creada por la pandemia.

Positivamente se valoran también las reformas encaminadas a la transformación digital de la Justicia, a la más que necesaria implantación del expediente judicial electrónico y a la potenciación de la práctica de actos de comunicación y de otras actuaciones vía telemática.

Resulta bastante insuficiente la modificación planteada de la LECRim, si bien deseamos que por fin pueda continuar su tramitación el Anteproyecto de la nueva, sobre la cual también estamos trabajando ya para realizar nuestras aportaciones.

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