
| SISEJ informa: resolución sobre vacaciones y permiso de maternidad |
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| Viernes, 25 de Julio de 2008 10:57 | ||||
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Recordemos que, en el caso del colectivo de Secretarios Judiciales, el ROSJ 1068/2005 en su artículo 84.2 establece: << Se disfrutarán de forma obligatoria dentro del año natural y hasta el día 15 de enero del año siguiente, en períodos mínimos de cinco días hábiles consecutivos, con arreglo a la planificación que se efectúe por el órgano competente. A estos efectos los sábados no se considerarán días hábiles, salvo que en los horarios especiales se establezca otra cosa.>>. Esperamos que esta información os sea de utilidad.
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